Requisitos para viajar a Portugal
Por ser uno de los países miembros del Acuerdo de Schengen, los requisitos para viajar a Portugal, son similares a los demás países pertenecientes al espacio Schengen, por lo cual, todos los viajeros que no sean ciudadanos de la Unión Europea, del AEE (EU + Islandia, Liechtenstein, Noruega), deberán contar con un pasaporte válido por un periodo mínimo de tres meses, a partir de la fecha de salida del país.
Con la visa Schengen, el viajero podrá ingresar al país y transitar libremente por espacio Schengen sin tramites adicionales, sin embargo el Oficial de migraciones del puesto fronterizo es el único en condiciones de autorizar o denegar el ingreso al país, o bien solicitar documentación adicional acreditativa de la situación financiera, del motivo del viaje y del tiempo de permanencia previsto entre otros.
El visado Schengen, se emite de acuerdo al motivo del viaje, por ejemplo: viaje de negocios, viaje turístico y visita (de carácter privado) y puede ser de corta estancia, para aquellas personas ingresan al país con intención de permanecer por un periodo inferior a los 90 días, de tránsito o de tránsito en el aeropuerto, con una validez para una o dos entradas de un máximo de cinco días, incluyendo el día de llegada.
Los requisitos para viajar a Portugal:
- Pasaporte con una página en blanco y una vigencia de tres meses posterior a la fecha de caducidad del Visado.
- Solicitud de Visado Schengen cumplimentado.
- Foto actualizada (tamaño carné).
- Motivo del viaje, presentando carta de invitación oficial, reserva de billete de avión provisional o confirmación de reserva hotelera.
- Demostrar solvencia económica, por medio de extractos bancarios de los últimos tres meses, cheques, tarjetas de crédito internacional, etc.
- Seguro médico de Viaje, que cumpla con la cobertura requerida para ingresar a Tierras Shengen (el seguro deberá tener una vigencia igual al tiempo de duración del viaje en espacio Schengen, con la siguiente cobertura: Asistencia médica por enfermedad: cobertura mínima de 30,000 euros, Asistencia médica por accidentes: cobertura mínima de 30,000 euros, Repatriación cobertura mínima de 30,000 euros, devolución de los gastos no puede ser a reembolso, el seguro de viaje no puede tener un deducible y la compañía aseguradora deberá tener un representante o sucursal en Europa.
Recuerde consultar con la Embajada por lo menos con un mes y medio de antelación al viaje, ya que documentación adicional puede ser requerida.
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Extracto de la directiva del Consejo de la Unión Europea del 22/12/2003
(...)"a título individual o colectivo, habrá que estar en posesión de un seguro de viaje válido que cubra los eventuales gastos de repatriación por razones médicas, atención sanitaria en caso de urgencia y/o atención hospitalaria de urgencia.
Dicho seguro deberá tener validez en todo el territorio de los Estados Miembros del espacio Schengen que apliquen íntegramente las disposiciones de los acuerdos Schengen y durante toda la estancia del interesado. La cobertura mínima será de 30.000 euros."(...)
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